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10 de junio de 2026 · 2 min de lectura

Darse de alta como autónomo para dar clases particulares: lo básico

Hacienda, Seguridad Social, la tarifa plana y cuándo es obligatorio. Una guía clara de los primeros pasos para dar clases en regla en España, sin tecnicismos.

Si has empezado a dar clases y la cosa va en serio, antes o después aparece la pregunta: “¿tengo que hacerme autónomo?”. Aquí tienes lo básico para entender tu situación, sin tecnicismos.

Esto es una guía orientativa, no asesoramiento fiscal. Para tu caso concreto, consulta con una gestoría o asesor.

¿Estoy obligado a darme de alta?

La regla general en España: si ejerces una actividad económica de forma habitual y con ánimo de lucro, debes darte de alta como autónomo. Las clases particulares regulares encajan ahí.

El matiz está en “habitual”. Una clase suelta y esporádica es distinto de tener una agenda semanal estable. En la práctica, si las clases son tu actividad continuada y una fuente de ingresos recurrente, lo razonable —y lo legal— es regularizar tu situación.

Los dos altas que necesitas

Darse de alta como autónomo son en realidad dos trámites:

  1. Hacienda (alta censal, modelo 036/037). Declaras qué actividad vas a ejercer mediante un epígrafe del IAE. Para clases particulares se usan epígrafes de enseñanza; tu asesor te dirá el que corresponde.
  2. Seguridad Social (RETA). El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que es lo que te da cobertura y por lo que pagas la cuota mensual.

Ambos se pueden hacer online y conviene hacerlos en orden: primero Hacienda, luego Seguridad Social.

La cuota y la tarifa plana

La cuota de autónomos depende de tus rendimientos netos (lo que ganas menos los gastos), según el sistema de cotización por ingresos reales. Si empiezas, lo relevante es la tarifa plana: una cuota reducida durante los primeros meses para quien se da de alta por primera vez. Es el principal alivio al arrancar, así que infórmate de las condiciones vigentes antes de dar el paso.

Tus obligaciones una vez de alta

Ser autónomo implica un mínimo de papeleo recurrente:

  • Facturas de tus servicios, numeradas y con tus datos.
  • IVA: las clases particulares de enseñanza reglada suelen estar exentas, pero no siempre. Confírmalo según lo que enseñes.
  • IRPF: declaraciones trimestrales (modelo 130) y la renta anual.

Nada de esto es complicado si llevas las cuentas al día desde el principio. El problema llega cuando intentas reconstruir un año entero en abril.

El consejo que ahorra disgustos: ordena tus números desde el día uno

La diferencia entre un cierre trimestral tranquilo y una pesadilla no es el asesor: es tener registrado, clase a clase, qué cobraste, de quién y cuándo. Si ese dato está ordenado, tú (o tu gestoría) preparáis los impuestos en minutos.

Llevar ese control en un solo sitio es justo lo que resuelve Auteno: cada clase y cada cobro quedan registrados, y tienes el balance del mes siempre a mano para cuando toque declarar. Reserva tu plaza y empieza con las cuentas claras.

Y ya que ordenas el negocio, repasa cómo fijar bien tus precios para que la cuota de autónomo te salga rentable.

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